Dinámica del equilibrio político (1941)
El espectáculo de una extensa conquista territorial, como la que nos toca presenciar a los hombres de nuestro tiempo, no puede dejar de conmover la sensibilidad política de los contemporáneos; como difícilmente se repite en una generación, el observador desprevenido adopta frente a él actitudes espontáneas, generalmente poco maduradas, y referidas a la fase inmediata del proceso que cotidianamente puede ver, sin que sus antecedentes remotos y próximos estén presentes en su espíritu y sin que el juicio esté tenso sobre la totalidad del fenómeno histórico, del que los acontecimientos de cada día, y acaso los de meses o años, no son sino elementos cuyo valor, dentro de la totalidad del proceso, es difícil sopesar. Con esta actitud elemental, sin embargo, es con la que toma posición y, por eso, adquiere inesperada gravedad la ausencia de conciencia histórica en tales circunstancias: la conciencia histórica se traduce, ante todo, en una aptitud para mirar el presente con una perspectiva suficiente como para descubrir en qué etapa se está del largo proceso del que el presente forma parte. Aníbal, en Cannae, apenas dejaba entrever lo que sería su suerte en Zama; vale, pues, la pena meditar sobre el alcance de las conquistas y sobre la actitud que hay que adoptar frente a las circunstancias reales que plantea.
El orden de derecho
Para el observador desprevenido que despertó a las preocupaciones políticas hacia 1925, el mundo occidental aparecía estructurado sobre sólidas bases jurídicas. Era un orden de derecho, y su violación significaba un acto ilegal. En semejante estado de ánimo debía hallarse un polaco de la época feliz de Juan Sobieski o un galo del siglo II a.C. Pero se engañarían dolorosamente todos ellos si hubieran pensado que el orden de derecho significaba una garantía perpetua. El orden de derecho en materia de política internacional, independientemente de que puede ser justo o injusto, es un momento de equilibrio, susceptible de ser considerado como algo nuevo, y sus términos pueden ser alterados si alguno de ellos cambia su índice de poderío. Si los galos hubieran podido hacer, frente a
Los momentos de ruptura
Por la aparición de un grupo animado por una poderosa fuerza de expansión o por el debilitamiento de uno de los términos del equilibrio, un día —un día inevitable— todo orden de derecho está destinado a quebrar o a modificar sus relaciones recíprocas. A partir de ese instante, todo está sujeto a revisión dentro del área que se es-tructuraba en aquel orden de derecho, y no hay, para quien quiera subsistir, y, sobre todo, para quien quiera entrar honorablemente en un nuevo y futuro orden de derecho, otra posibilidad que tomar partido. Llegado el momento de ruptura de un orden de derecho, no existe otro instrumento de acción que la fuerza, manifestada en la acción militar o en formas disfrazadas, como la acción diplomática: toda situación a que pueda aspirarse no puede sino ser una situación de hecho.
A partir del momento de ruptura no existe, pues, sino un estado de hecho, inestable, sujeto a la constante modificación que se derive del juego de los grupos en lucha. El factor decisivo no puede ser sino la fuerza; pero el índice de fuerza de cada grupo puede variar según la adhesión que reciba, motivada por el significado que se crea ver en el uso que hace de ella, y, por esa vía, el juego de las fuerzas puede corresponder al juego de las ideas políticas que animan a cada uno de los grupos beligerantes. Establecido un resultado suficientemente claro —superioridad inequívoca de fuerzas o equilibrio inequívoco—, los grupos en lucha procuran dar al estado de cosas creado por la fuerza una base legal.
La decantación del estado de hecho
Por ese camino los grupos actuantes buscan consolidar en un orden de derecho las posiciones conquistadas por medio de la fuerza. El nuevo orden puede legalizar una situación de preponderancia inestable de uno de los grupos —caracterizada por un escaso margen de superioridad de poderío— o legalizar una supremacía sólida, caracterizada por un categórico desequilibrio de poder; en el primer caso, el orden de derecho así creado es también inestable; una estabilidad duradera, en cambio, puede lograrse en el segundo caso, o, muy especialmente, cuando se consagra en un orden de derecho un inequívoco equilibrio de fuerzas; en estas circunstancias es cuando se obtiene un mayor grado de seguridad en la duración del orden es-tablecido, no tanto porque los actos de fuerza no se produzcan, sino porque las partes en lucha tienden a equilibrarse automáticamente, y esta certeza disminuye las probabilidades de éxito, y, en consecuencia, los intentos de violación.
Un equilibrio de fuerzas es la exigencia real histórica de un orden de derecho que aspire a perdurar. El equilibrio de fuerzas tiene un módulo y un margen de aumento o disminución que no hace peligrar su estructura; pasado ese margen, el grupo que lo excede tiene todas las probabilidades de provocar un estado de hecho y un subsiguiente orden de derecho en su favor, si el resto de los términos del equilibrio no suma sus fuerzas hasta equilibrar, sobre un nuevo módulo, las del grupo que excedió el anterior. El fenómeno es mecánico, porque, quebrado un orden de derecho, no entra en juego otro factor que no sea la fuerza; pero puede adquirir de inmediato otro carácter si por una polarización de tendencias políticas se agrupan fuerzas de significación semejante; el equilibrio y el desequilibrio de fuerzas expresa, entonces, el equilibrio o desequilibrio de la magnitud de esas tendencias; adquiere otro carácter también según que, en la organización de la fuerza, entren o no elementos espirituales, cuya ausencia limita la elasticidad en el uso de la violencia, precipita el éxito o el fracaso, y desintegra los elementos materiales.
El ejemplo de Occidente
Reducido a estas líneas generales, el proceso político de Occidente muestra esta dinámica del equilibrio.
En el ámbito
Un principio de regularidad
Descontadas las omisiones y las generalizaciones de este esquema, surge, sin embargo, de él un principio de regularidad histórica. Los entes políticos son, en primera instancia, grupos sociales animados de una determinada fuerza material; su soberanía solo se asegura cuando, dentro de su ámbito, coexisten con otros grupos de parejo índice de poderío: entonces el equilibrio se trasunta en un orden de derecho; si ese equilibrio se rompe, el estado de hecho que sigue exige que cada uno de los grupos busque la manera de compensar ese aumento del módulo de fuerza por alianzas en que sus fuerzas se sumen a la de grupos de tendencia política semejante: frente a una ruptura del equilibrio político producida por el crecimiento de uno de los elementos la actitud neutral solo puede ser hija de un realismo histórico ingenuo.
Ya se verá más adelante cómo el mundo constituye hoy un solo ámbito histórico; frente a la ruptura del orden de derecho creado por Versalles, puede tenerse la certeza de que no habrá un solo rincón de la tierra que no tenga que ajustar sus posiciones dentro del orden de derecho que siga a este estado de hecho. Una intuición inmediata asegurará al argentino que solo una alianza continental americana puede asegurar a nuestros países el mantenimiento de nuestra soberanía.